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Holding internacional para estadounidenses: las preguntas que hay que responder primero

· 14 min de lectura

Autor: Vinícius Cavalcanti · Revisor: Nathan Gomes

El horizonte del Lower Manhattan con el One World Trade Center visto desde el agua
Una holding organiza la propiedad entre países; no saca a un estadounidense del sistema fiscal de EE. UU.

Puntos clave

  • Una sociedad holding internacional puede centralizar la propiedad, separar riesgos, facilitar adquisiciones y planificar la sucesión, pero para un estadounidense no queda fuera del sistema fiscal de EE. UU.
  • Una sociedad extranjera participada en más de un 50% por accionistas estadounidenses es una sociedad extranjera controlada (CFC). Sus beneficios pueden tributar cada año en Estados Unidos según la Subparte F y la sección 951A, ahora llamada renta neta sometida a prueba de las CFC (NCTI), aunque no se reparta ningún dividendo.
  • Un propietario persona física puede optar, según la sección 962, por tributar como una sociedad sobre esas inclusiones, con acceso a la deducción del 40% de la sección 250 y a créditos por el 90% de los impuestos extranjeros, a cambio de un segundo impuesto sobre las distribuciones posteriores.
  • Aportar a la sociedad efectivo, acciones o propiedad intelectual puede activar el Formulario 926, la sección 367 y las reglas de precios de transferencia antes de que la sociedad haga ningún negocio.
  • La jurisdicción debe elegirse al final, después de definir la cadena de propiedad, los flujos de renta, las declaraciones, la sustancia y la salida.

¿Necesita un estadounidense una sociedad holding internacional?

Solo cuando existe un motivo empresarial o familiar independiente de los impuestos. Una holding puede centralizar la propiedad, separar riesgos, facilitar adquisiciones, simplificar la sucesión, recibir dividendos, mantener activos estratégicos o crear una plataforma para negocios en varios países. Son objetivos legítimos, pero el sistema fiscal de EE. UU. sigue a sus ciudadanos y residentes en todo el mundo y puede tratar una sociedad extranjera de forma muy distinta a como la trata el país donde se constituyó. Los ciudadanos y residentes estadounidenses siguen sujetos en general al impuesto de EE. UU. sobre su renta mundial aunque vivan en el extranjero.

Para los estadounidenses, la forma jurídica es solo la primera capa. Una sociedad constituida en las Bahamas, las Islas Caimán, los EAU, Singapur o cualquier otro lugar puede ser, a efectos de EE. UU., una sociedad extranjera controlada, una entidad extranjera transparente, una sociedad de personas u otra entidad con obligación de declarar. La renta puede tributar antes de que se distribuya efectivo, y la aportación de activos a la estructura puede tener consecuencias fiscales propias.

Este artículo plantea las preguntas que un estadounidense debe responder antes de constituir o adquirir una holding internacional: objetivos, modelos de propiedad, reglas CFC, clasificación de la entidad, jurisdicción, cuentas en el extranjero, financiación, negocios operativos, inversiones pasivas, sucesión y salida. Una jurisdicción atractiva puede dar un mal resultado si la cadena de propiedad, el perfil de rentas, la carga declarativa y la salida no se analizan antes de la constitución.

Por qué las holdings internacionales atraen a los estadounidenses

Las holdings internacionales atraen a los estadounidenses porque permiten reunir varias filiales, inversiones o activos extranjeros bajo una única plataforma de propiedad. Pueden simplificar el gobierno corporativo, centralizar los flujos de dividendos, separar responsabilidades, facilitar adquisiciones y la entrada de inversores. También pueden apoyar la planificación sucesoria. Las contrapartidas son las reglas antidiferimiento de EE. UU., las declaraciones internacionales, el escrutinio bancario y el coste de mantener sustancia real allí donde la estructura dice operar.

El atractivo se ve con más claridad cuando un estadounidense tiene negocios en más de un país. En lugar de poseer cada filial a título personal, una sociedad matriz puede situarse por encima de las entidades operativas regionales y ofrecer un único nivel para los pactos de socios, la financiación, la tesorería o una venta futura. Una holding también puede separar el riesgo operativo de la propiedad estratégica, siempre que el derecho societario local, las normas sobre acreedores y las consecuencias fiscales respalden esa separación.

Pero offshore no significa fuera del sistema fiscal de EE. UU. La propiedad de sociedades extranjeras puede activar reglas especiales aunque los beneficios se queden fuera. Por eso, la holding internacional tiene más sentido cuando las razones empresariales y jurídicas existen con independencia del ahorro fiscal. Un estadounidense que define primero el propósito comercial, analiza después el tratamiento en EE. UU. y solo entonces elige la jurisdicción puede usar la holding como una plataforma internacional duradera y no como una capa cara de papeleo.

¿Qué estructura de holding encaja con cada perfil estadounidense?

No existe un único modelo de holding para los estadounidenses. La estructura adecuada depende de quién es el propietario del grupo, dónde están los negocios, si se esperan inversores externos, cómo circularán los beneficios por la cadena y cómo pasará la propiedad a la siguiente generación.

Holding extranjera en propiedad directa de una persona física estadounidense

Este modelo encaja con:

  • fundadores con negocios fuera de Estados Unidos;
  • familias que agrupan filiales extranjeras;
  • inversores que buscan una plataforma única de gobierno;
  • propietarios preparados para las declaraciones fiscales internacionales anuales en EE. UU.

Las preguntas principales son:

  • si la sociedad será una CFC;
  • si su renta será activa, pasiva o procedente de partes vinculadas;
  • si los beneficios se reinvertirán o se distribuirán;
  • si el propietario podrá pagar el impuesto de EE. UU. sin cobrar un dividendo.

La propiedad directa puede generar inclusiones actuales en EE. UU. aunque la sociedad extranjera retenga su efectivo.

Matriz estadounidense con filiales extranjeras

Este modelo puede encajar con un grupo centrado en EE. UU. que quiere una matriz nacional para inversores, prestamistas, empleados o una salida. La matriz estadounidense posee las filiales extranjeras, y siguen aplicándose las reglas CFC, de crédito por impuestos extranjeros, de precios de transferencia y de distribuciones.

Matriz extranjera o grupo internacional con varios niveles

EstructuraUso habitual
Matriz extranjeraGrupo internacional con dirección fuera de EE. UU.
Holding regionalVarias filiales en una misma región
Matriz estadounidenseNegocio centrado en EE. UU. que se expande al exterior
Entidad transparenteCasos en que se busca la tributación por transparencia en EE. UU.
Tabla 1: Estructuras de holding y su uso habitual.

Una matriz extranjera puede funcionar cuando la propiedad, la dirección, la financiación y la inversión futura son de verdad internacionales. Situarla por encima de un negocio estadounidense existente, en cambio, puede plantear cuestiones de transferencias al exterior, inversión corporativa, convenios e impuestos.

La cadena debe seguir la realidad económica del propietario. Un fundador, un family office, un grupo financiado con capital riesgo y un inversor pasivo no deberían recibir la misma estructura solo porque todos quieren una holding extranjera.

ModeloPerfil habitualPrincipal cuestión en EE. UU.Punto clave
Holding extranjera en propiedad directaPersona física o familiaReglas CFC y Formulario 5471Cadena sencilla; pueden surgir inclusiones actuales
Matriz estadounidenseGrupo centrado en EE. UU.Reglas CFC, créditos por impuestos extranjeros, sección 245AConocida por inversores y compradores estadounidenses
Matriz extranjeraGrupo globalSección 367 y revisión de inversión corporativaFunciona mejor con sustancia internacional real
Entidad transparentePropietario único o empresa conjuntaFormulario 8858 u 8865La clasificación en EE. UU. puede diferir de la ley local
Tabla 2: Principales estructuras de holding para un propietario estadounidense.

Reglas CFC: cuándo los beneficios extranjeros tributan en EE. UU.

Una holding extranjera propiedad de estadounidenses puede convertirse en una sociedad extranjera controlada aunque no tenga ningún negocio en EE. UU. En general, una CFC es una sociedad extranjera participada en más de un 50%, en votos o en valor, por accionistas estadounidenses. Un accionista estadounidense es, en general, una persona estadounidense con al menos el 10% de los votos o del valor, y las reglas de atribución influyen en la prueba.

La condición de CFC cambia el momento en que se paga el impuesto de EE. UU.:

  • la renta de la Subparte F puede incluirse en el año en curso;
  • la sección 951A puede exigir incluir la renta neta sometida a prueba de las CFC sin que haya dividendo;
  • mantener el efectivo fuera no aplaza necesariamente el impuesto de EE. UU.

Para los ejercicios que empiezan después del 31 de diciembre de 2025, la sección 951A se refiere a la renta neta sometida a prueba de las CFC, que sustituyó al antiguo régimen GILTI, y la inclusión puede aplicarse a un accionista estadounidense aunque la CFC no haya repartido efectivo.

La prueba de propiedad va más allá del libro de socios

La propiedad familiar, a través de sociedades de personas, de sociedades o por niveles puede influir en el resultado, y los cambios de propiedad durante el año pueden cambiar las declaraciones.

Las declaraciones forman parte del coste

El Formulario 5471 puede exigir cuadros de propiedad, estados financieros, categorías de renta, impuestos y datos de operaciones vinculadas. El análisis debe completarse antes de emitir, transmitir o reorganizar acciones.

Regímenes fiscales de EE. UU. que se aplican a la holding

El tipo del impuesto sobre sociedades de la jurisdicción no determina el resultado en EE. UU. Una holding de baja tributación puede generar inclusiones actuales para su propietario estadounidense, mientras que una sociedad con más impuestos puede producir créditos por impuestos extranjeros o un tratamiento distinto de las distribuciones. La clasificación, el tipo de accionista, la renta y los impuestos extranjeros deben revisarse juntos.

  • La Subparte F puede gravar en el año en curso determinadas rentas pasivas y de partes vinculadas de la CFC.
  • La sección 951A puede generar una inclusión de renta neta sometida a prueba de las CFC para un accionista estadounidense.
  • La sección 962 permite a una persona física optar por un tratamiento de tipo societario para ciertas inclusiones de CFC.
RégimenTratamiento en 2026A quién afectaLimitación importante
Subparte FInclusión actual de determinadas rentas de la CFCAccionistas estadounidenses de CFCPuede aplicarse sin reparto de efectivo
Sección 951A (NCTI)Inclusión actual de la renta neta sometida a prueba de las CFCAccionistas estadounidenses de CFCLos impuestos extranjeros influyen en el resultado
Opción de la sección 962Cálculo de tipo societario para ciertas inclusionesPersonas físicas propietarias de CFCLas distribuciones posteriores vuelven a tributar
Sección 245APosible deducción del 100% de los dividendos que cumplen los requisitosSociedades C estadounidenses que cumplen los requisitosNo disponible para personas físicas
Clasificación de la entidadTratamiento como sociedad, sociedad de personas o entidad transparenteEntidades extranjeras que pueden optarEl tratamiento en EE. UU. puede diferir de la ley local
Tabla 3: Regímenes de EE. UU. aplicables a una holding extranjera en 2026.

La sección 962 en la práctica

Imagine un estadounidense que posee el 100% de una holding en un país de baja tributación cuyas filiales obtienen beneficios activos. Sin la opción, la inclusión NCTI tributa a los tipos personales del propietario, que llegan al 37%, sin la deducción de la sección 250 y sin crédito por los impuestos extranjeros pagados por la sociedad, aunque no se reparta nada. Con la opción de la sección 962, la inclusión se calcula como si la hubiera recibido una sociedad estadounidense: tipo societario del 21%, deducción del 40% de la sección 250 y créditos por el 90% de los impuestos extranjeros. El coste llega después, porque los dividendos pagados a la persona física vuelven a tributar en la medida en que superen el impuesto ya pagado. Qué vía resulta más barata depende del tipo extranjero, de la política de reparto y de cuánto tiempo permanezcan los beneficios en la sociedad.

La sección 245A funciona de otra manera. Puede dar a una sociedad C estadounidense que cumpla los requisitos una deducción del 100% de la parte de fuente extranjera de los dividendos de una sociedad extranjera participada al 10%, con requisitos de periodo de tenencia y otros. No está disponible para personas físicas, y esa es una de las razones por las que algunas familias sitúan una sociedad estadounidense entre ellas y sus filiales extranjeras.

La pregunta clave no es cuál es el tipo extranjero, sino qué renta llega a la declaración de EE. UU., cuándo y según qué regla.

Elegir la jurisdicción de la holding: impuestos, convenios, sustancia y banca

La jurisdicción de la holding debe elegirse después del análisis de la propiedad y del impuesto de EE. UU. El tipo del impuesto sobre sociedades importa, pero el acceso a convenios, las retenciones, las exenciones por participaciones, las reglas sobre ganancias de capital, el derecho societario, la sustancia, la banca y los costes de salida pueden cambiar el resultado más que el tipo nominal.

Preguntas para evaluar una jurisdicción:

  • ¿Dónde están las filiales, los empleados, los administradores y quienes toman las decisiones?
  • ¿Qué países pagarán a la holding dividendos, intereses, cánones o el producto de ventas?
  • ¿Tiene la jurisdicción convenios relevantes y puede la sociedad acogerse realmente a ellos?
  • ¿Qué requisitos locales de sustancia, oficina, administradores, contabilidad o auditoría se aplican?
  • ¿Aceptarán los bancos la propiedad estadounidense, el origen del patrimonio, el modelo de negocio y las contrapartes?

Una jurisdicción sin impuestos puede dejar igualmente al propietario estadounidense sujeto a las reglas CFC, y un acceso débil a convenios puede aumentar las retenciones sobre los dividendos de las filiales. Una jurisdicción con más impuestos, sustancia creíble y una red útil de convenios puede dar un mejor resultado global, en parte porque sus impuestos pueden acreditarse en Estados Unidos.

Antes de la constitución, el grupo debe trazar dónde se originan los pagos, qué retenciones se aplican, cómo los grava la jurisdicción de la holding y qué impuesto de EE. UU. sigue después. Una jurisdicción solo es atractiva si funciona todo el flujo de caja. Nuestras guías sobre Singapur, Hong Kong, las Islas Caimán, Dubái y Panamá, y nuestra comparación de los mejores países para abrir una empresa offshore, describen cada opción.

Declaraciones y banca: la capa de cumplimiento en EE. UU.

Una estructura de holding internacional tiene tres capas de cumplimiento: las declaraciones de la entidad, las declaraciones de cuentas y la documentación bancaria. Los estadounidenses pueden enfrentarse a una o a varias, según la propiedad, la firma autorizada, la clasificación y el valor de los activos extranjeros.

Declaraciones de la entidad

La declaración en EE. UU. depende de la clasificación fiscal del vehículo extranjero. Una sociedad extranjera puede exigir el Formulario 5471, una entidad extranjera transparente el Formulario 8858 y una sociedad de personas extranjera el Formulario 8865. Las aportaciones a una sociedad extranjera también pueden exigir el Formulario 926.

Cuentas y activos financieros en el extranjero

Las cuentas extranjeras obligan a presentar el FBAR cuando una persona estadounidense tiene un interés financiero en cuentas extranjeras, o firma sobre ellas, cuyo valor conjunto supera 10.000 $ en cualquier momento del año. El Formulario 8938 es independiente y usa otros umbrales y definiciones de activos, que varían según el estado civil a efectos fiscales y según si el contribuyente vive en el extranjero. Nuestra guía sobre el FBAR explica ambos.

Qué comprobar antes de abrir cuentas bancarias

CuestiónQué verificar
Titular de la cuentaQué entidad es la titular jurídica de cada cuenta extranjera
FirmaQué personas estadounidenses tienen firma autorizada
FBARSi el conjunto de cuentas extranjeras supera el umbral de declaración
Formulario 8938Si los activos financieros extranjeros especificados superan el umbral aplicable
Diligencia debida bancariaBeneficiarios finales, origen del patrimonio, contratos y flujos previstos
Declaraciones de la entidadSi se aplican los Formularios 5471, 8858, 8865 o 926
Tabla 4: Puntos que hay que verificar antes de abrir las cuentas de la holding.

Una estructura bien diseñada no se construye para el secreto. Se construye para ser trazable: la propiedad, las firmas, el origen de los fondos, la contabilidad y las declaraciones deben contar la misma historia al banco, a la jurisdicción extranjera y al IRS. Los bancos también pedirán el beneficiario final de cada entidad de la cadena.

Financiar la holding: efectivo, acciones, propiedad intelectual y negocios existentes

Financiar una holding internacional no es una única operación. El efectivo, las acciones, la propiedad intelectual, los créditos y los negocios existentes pueden tener consecuencias distintas en EE. UU., y el orden de las aportaciones puede importar. La estructura debe financiarse solo después de clasificar cada aportación.

Aportaciones en efectivo

El efectivo puede parecer sencillo, pero las declaraciones de EE. UU. pueden aplicarse igualmente. Puede exigirse el Formulario 926 cuando una persona estadounidense aporta efectivo a una sociedad extranjera y, inmediatamente después, posee al menos el 10% de sus votos o de su valor, o cuando el efectivo aportado en los 12 meses anteriores a la fecha de la aportación supera 100.000 $.

Acciones de sociedades existentes

Aportar las acciones de un negocio existente a una holding extranjera puede consolidar la cadena de propiedad, pero una operación que en el ámbito nacional sería neutral puede verse afectada por la sección 367 y las reglas sobre transferencias al exterior. El coste fiscal, el valor de mercado, las deudas y las declaraciones deben revisarse antes.

Propiedad intelectual

El software, las marcas, las relaciones con clientes, el know-how y activos similares exigen un cuidado especial. La sección 367(d) puede tratar la aportación de intangibles de forma distinta a la de otros bienes, y la sección 482 puede afectar a los cánones o cargos por servicios posteriores. La titularidad jurídica por sí sola no demuestra dónde se creó el valor.

Deuda o capital

Los préstamos de socios pueden dar flexibilidad, pero deben funcionar como deuda real: tipo de interés, condiciones de devolución, retenciones, reglas de capitalización y capacidad de pago del prestatario deben comprobarse en cada jurisdicción afectada.

Forma de financiaciónVentaja principalRiesgo principalMás adecuada para
Aportación de efectivoCapitalización inicial sencillaFormulario 926 y registros del origen de los fondosHoldings de nueva creación
Aportación de accionesConsolida filiales existentesSección 367 y valoraciónGrupos internacionales existentes
Aportación o licencia de propiedad intelectualCentraliza los derechos estratégicosSección 367(d) y precios de transferenciaNegocios con propiedad intelectual gestionada
Préstamo de sociosFinanciación flexibleIntereses y calificación como deuda o capitalTesorería y circulante
Capitalización mixtaEquilibra deuda y capitalMás documentaciónGrupos maduros con financiación recurrente
Tabla 5: Formas de financiar una holding y sus principales riesgos.

Documente la posición fiscal antes de que se mueva el activo. Una vez que las acciones, la propiedad intelectual o el efectivo cruzan la frontera, corregir un plan de capitalización inadecuado puede exigir otra operación gravable o con obligación de declarar.

Holdings operativas: sustancia y precios de transferencia

Una holding extranjera funciona mejor cuando sus funciones jurídicas coinciden con la realidad comercial. Los administradores, los contratos, la contabilidad, la financiación y la toma de decisiones deben respaldar el papel atribuido a la entidad. Una sociedad que obtiene un gran margen sin personas, capital, control de riesgos ni gobierno en su jurisdicción puede crear problemas fiscales, de convenios y bancarios.

Una plataforma de holding operativa puede encajar con:

  • grupos con filiales en varios países y dividendos transfronterizos recurrentes;
  • fundadores que preparan adquisiciones, la entrada de inversores o una expansión regional;
  • negocios con tesorería, financiación, compras o dirección centralizadas;
  • grupos capaces de mantener el gobierno corporativo donde está la holding.

Para operar de forma creíble, el grupo debe poder demostrar:

  • quién toma las decisiones estratégicas;
  • dónde se reúnen los administradores y se llevan los registros;
  • quién negocia los contratos importantes;
  • qué entidad emplea o supervisa al personal relevante;
  • qué sociedad controla los riesgos financieros y comerciales.

Los cargos entre sociedades del grupo necesitan una función

Las sociedades vinculadas pueden cobrarse entre sí por dirección, financiación, cánones, distribución o servicios, pero el precio debe seguir las funciones realizadas, los activos utilizados y los riesgos controlados. Una comisión de gestión sin gestión real, o un canon sin una titularidad defendible del valor subyacente, es difícil de sostener.

Trasladar la propiedad intelectual no traslada su historia

Un error frecuente es suponer que el software, las marcas, las relaciones con clientes o el know-how se vuelven extranjeros porque una sociedad extranjera adquiere su titularidad jurídica. Las reglas de EE. UU. se aplican a las transferencias al exterior y a los precios posteriores entre partes vinculadas. Lo más sólido es alinear la propiedad y la renta con el lugar donde las personas realmente desarrollan, protegen, gestionan y explotan el activo.

Una sala de reuniones moderna con una mesa larga y sillas frente a grandes ventanales
Las decisiones del consejo, los registros y las personas deben estar donde la holding dice operar.

Inversiones pasivas dentro de la holding: la cuestión PFIC

Una holding que posee sobre todo valores, fondos, efectivo u otras inversiones pasivas tiene un perfil en EE. UU. distinto del de una que posee filiales activas. Una sociedad extranjera es en general una sociedad pasiva de inversión extranjera (PFIC) si al menos el 75% de sus ingresos brutos son pasivos o al menos el 50% de sus activos producen rentas pasivas, lo que conlleva el Formulario 8621 y un calendario fiscal desfavorable salvo que se aplique una excepción o una opción. Las reglas CFC y PFIC interactúan, y la propia sociedad puede poseer fondos extranjeros que sean PFIC.

Clasifique los activos antes de elegir el vehículo. Las filiales activas, los valores, las inversiones de capital riesgo, los fondos privados, los inmuebles y los activos digitales pueden estar mejor por separado cuando sus perfiles fiscales, de responsabilidad, bancarios o de salida son distintos, y cada inversión debe poder facilitar los datos que el propietario estadounidense necesita cada año. Nuestra guía sobre las trampas fiscales de las estructuras offshore trata las PFIC en detalle.

De la constitución a la salida: sucesión y planificación a largo plazo

Los estadounidenses que esperan que su holding internacional dure muchos años deben planificar más allá de la constitución. El fallecimiento, las donaciones, la incapacidad, el divorcio, la entrada de inversores, un cambio de residencia, un traslado de domicilio social o una venta pueden afectar a la cadena de propiedad. Los ciudadanos estadounidenses siguen sujetos a los impuestos de EE. UU. sobre sucesiones y donaciones por su patrimonio mundial, por lo que tener acciones de una sociedad extranjera no saca el valor del negocio del impuesto de sucesiones de EE. UU. Para los fallecimientos de 2026, la exención básica federal es de 15 millones de dólares.

La planificación sucesoria puede usar acciones con y sin voto, pactos de socios, trusts, fundaciones, seguros o protocolos familiares, pero cada capa adicional debe tener una función definida. Los trusts extranjeros exigen un cuidado especial, porque la propiedad, las aportaciones y las distribuciones de personas estadounidenses pueden activar los Formularios 3520 y 3520-A y un conjunto propio de reglas fiscales; nuestra guía sobre los trusts internacionales las explica. No debe añadirse un trust solo porque sea habitual en la jurisdicción de la holding.

La planificación de la salida es igual de importante. La venta de activos de las filiales, la venta de acciones, una liquidación, una fusión o un traslado de domicilio social pueden tener resultados distintos en EE. UU. y en el país local. Los compradores también prefieren una cadena de titularidad limpia, cuentas coherentes, saldos entre sociedades documentados y jurisdicciones que ya conocen. El coste fiscal, los beneficios ya gravados, los impuestos extranjeros, los préstamos de socios y las reorganizaciones deben registrarse desde el principio, para que la constitución, la operativa, la sucesión y la salida funcionen como un único plan continuo.

En resumen

Una holding internacional puede ayudar a un estadounidense porque organiza la propiedad, el gobierno, la inversión, la financiación y la sucesión entre varios países, no porque sitúe los activos fuera del alcance de las reglas fiscales de EE. UU. Un fundador con filiales operativas, una familia con negocios a largo plazo, un grupo financiado con capital riesgo y un inversor pasivo se plantean preguntas distintas, y los buenos resultados llegan cuando la clasificación de la entidad, el tratamiento fiscal en EE. UU., la jurisdicción extranjera, la banca y las funciones comerciales sostienen la misma estructura.

Un tipo extranjero bajo no genera por sí solo un resultado fiscal bajo en EE. UU., y una jurisdicción respetada no salva una estructura sin propósito comercial ni registros. El mejor punto de partida es decidir qué debe poseer la sociedad, por qué debe existir, cómo le llegará la renta, cómo gravará Estados Unidos al propietario y cómo terminará la estructura. Cuando esas preguntas se responden primero, la elección de la jurisdicción se deriva de la estrategia.

Nuestra Private Advisory Session traza la cadena de propiedad, calcula el resultado CFC y NCTI con y sin la opción de la sección 962 y compara jurisdicciones antes de constituir nada.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué es una sociedad holding internacional?

Una sociedad, normalmente constituida fuera del país de origen del propietario, cuya función principal es poseer acciones de filiales operativas o inversiones, centralizando dividendos, financiación, gobierno y sucesión.

¿Una holding extranjera está libre de impuestos para un estadounidense?

No. Si los accionistas estadounidenses poseen más del 50%, suele ser una CFC, y sus beneficios pueden tributar cada año en Estados Unidos según la Subparte F y las reglas de la renta neta sometida a prueba de las CFC aunque se queden en la sociedad.

¿Qué es la opción de la sección 962?

Una opción que permite a un accionista estadounidense persona física tributar por las inclusiones de CFC como si fuera una sociedad, con el tipo del 21%, la deducción del 40% de la sección 250 y créditos por el 90% de los impuestos extranjeros. Las distribuciones posteriores vuelven a tributar por encima del impuesto ya pagado.

¿Qué formularios presenta un estadounidense propietario de una holding extranjera?

Normalmente el Formulario 5471 por la sociedad, el Formulario 926 por ciertas aportaciones, el FBAR y posiblemente el Formulario 8938 por las cuentas extranjeras, y el Formulario 8621 si alguna inversión es una PFIC.

¿Cuál es el mejor país para una holding?

Depende de dónde estén las filiales, qué convenios se aplican a sus dividendos, la sustancia que el grupo pueda mantener y lo que acepten los bancos. La jurisdicción debe elegirse después del análisis fiscal en EE. UU., no antes.

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